Impuestos a pagar tras la compra de un coche de segunda mano

Impuestos en vehículos de segunda mano

Cuando te haces con los servicios de un coche eléctrico no tienes que pagar el IVA, pero sí el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o ITP. En este post te contamos esto y mucho mas.

Este impuesto que debemos pagar se obtiene al aplicar un porcentaje al valor real del vehículo. Este porcentaje, que oscila entre el 4% y 8%, lo fijan las comunidades autónomas. No obstante existen excepciones, como es el caso de los vehículos de poco valor y con mucha antigüedad, en estos casos se establece el pago de una cuota fija según la antigüedad y cilindrada del coche o moto. En algunas comunidades no es obligatorio presentar, ni pagar el impuesto si el vehículo tiene más de 10 años y un valor inferior a 40.000€, como es el caso de Cataluña y Navarra.

 

El ITP es un impuesto  cedido por la Administración a las comunidades autónomas. Este impuesto, debe de ser presentado y pagado por el comprador en su comunidad autónoma correspondiente. Además, para poder realizar el trámite de Cambio de Titularidad o Transferencia en la DGT, será necesario poseer el justificante de pago. 

El valor real del vehículo que habremos indicado en el impreso de autoliquidación del impuesto, es probable que sea revisado por los servicios de inspección y valoración de Hacienda.

Para comprobar que los datos coinciden con previas comprobaciones realizadas con aplicaciones o softwares de internet no oficiales, es importante que calcules personal y manualmente el valor mínimo del vehículo y la cuota final a pagar.

En la siguiente imagen te mostramos los porcentajes de depreciación valor vehículo de segunda mano según los años de antigüedad de cada vehículo.

Tabla porcentajes de depreciación del valor del vehículo

Vamos a poner un ejemplo, si nuestro vehículo tiene un valor fiscal de 14.000€ y más de 3 años de uso, le corresponde un valor de 56%. Aplicando al precio el coeficiente del 56%, tendremos el valor mínimo del vehículo a los ojos de Hacienda: 7.840€. 

Por último, a este valor de 7.840€ tenemos que aplicarle el tipo de gravamen que corresponda, según los porcentajes de cada comunidad autónoma. Es por ello que en el caso de Andalucía, es un 4%. Por tanto a los 7.840€ del valor mínimo, tendríamos que aplicarle un 4% correspondiente a la comunidad andaluza, obteniendo la cuota mínima a pagar, que sería de: 313,6€

Esperamos que hayas podido entender como funcionan los impuestos aplicables a coches de segunda mano, pero si tienes cualquier duda no dudes en contactar con nosotros. Estaremos encantados de atenderte.

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